Información para particulares
Identificación animal
En Aragón la identificación es obligatoria en la especie canina antes de los 3 meses de edad y en los gatos y hurones siempre que vayan a salir del territorio nacional.
La identificación animal consta de:
- Microchip o transpondedor
- Registro de los datos en RIACA (Registro de Identificación de Animales de Compañía de Aragón)
- Documento de identificación (Tarjeta de RIACA)
La implantación del microchip se considera un acto clínico y como tal únicamente puede ser realizado por un veterinario colegiado y habilitado por la Administración, siendo este el único profesional capacitado para registrar los datos en e RIACA.
Es obligación de todos los propietarios comunicar cualquier cambio que se produzca con la titularidad del animal, desalación, muerte, o cambios en el domicilio o teléfonos de contacto. La forma de comunicar estos cambios es a través de su centro veterinario habitual o en cualquier centro veterinario de la Comunidad Autónoma.
La identificación animal en otras especies.
La identificación de los animales se utiliza con fines que van desde asegurar la propiedad de los animales, hasta garantizar la seguridad de los alimentos de origen animal, al permitir rastrear el origen de los mismos desde la mesa hasta la granja.
El tipo de identificación empleada en las diferentes especies ganaderas varía en función de factores como el valor individual de los animales, el tipo de manejo o de cría, o los riesgos potenciales derivados de los mismos.
Para las especies bovina, ovina, caprina y equina la identificación se realiza de manera individual para permitir un correcto seguimiento de cada individuo e incluso de su descendencia, mientras que en especies de producción intensiva, como el porcino o las aves, la identificación se realiza por lotes de animales que son criados en condiciones idénticas.
Los elementos que componen el sistema de identificación en todas las especies son:
- Medios de identificación aplicados al animal, variables según la especie.
- Bases de datos informatizada: Sistema Integrado de Trazabilidad Animal (SITRAN), que integra al Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), al Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA) y al Registro de Movimientos (REMO).
- Documentos de movimiento que recogen datos de la explotación de origen, de destino y del movimiento.
- Libro de registro de la explotación que puede llevarse de forma manual o informatizada y debe estar accesible a la autoridad competente durante un periodo mínimo de tres años desde la última anotación.
Vacunas
El Colegio de Veterinarios de Zaragoza (COVZ) recuerda la importancia y obligatoriedad de vacunar de rabia a los perros de más de tres meses de edad en Aragón, así como su revacunación anual. En Aragón contamos con una extensa red de clínicas veterinarias en las que tu veterinario te informará de todo lo referente a éste y otros temas. El veterinario es el único profesional con los suficientes conocimientos científicos para vacunar, tratar y cuidar de su mascota.
¿Qué es «Vacunar»?
Todos los animales, a partir del momento en que nacen, están protegidos de enfermedades e infecciones, gracias a la leche materna, pero a partir de las 8-12 semanas esa inmunidad se pierde y es entonces cuando debemos llevar a nuestra mascota al veterinario para que quede protegido.
«Vacunar» es introducir en el cuerpo una dosis mínima de la enfermedad a fin de que el sistema inmune la detecte y fabrique las defensas necesarias que la destruyan.
Estas defensas no son eternas, por eso es necesaria la revacunación periódica. Las vacunas más importantes que debe recibir nuestro perro son: Rabia, Moquillo, Parvovirosis, Hepatitis, Leptospirosis, Leishmaniosis. Otras vacunas – como la de la Tos de la Perreras o la prevención frente al Gusano del Corazón son también recomendables.
En el caso de los gatos las enfermedades más habituales de las que debemos protegerlos son: Rabia, Panleucopenia felina, Rinotraqueitis, Calicivirosis, Leucemia felina o Peritonitis infecciosa felina. En tu centro veterinario te informarán cómo y cuándo deben aplicarse.
Si eres propietario de un hurón es muy recomendable que tu veterinario lo vacune frente a la Rabia y frente al Moquillo, enfermedad esta última muy grave en estos animales.
No nos podemos olvidar de la vacunación de nuestros conejos de compañía, en los que las vacunas recomendadas son frente la Enfermedad Vírica Hemorrágica y frente a la Mixomatosis.
Para otras especies no dudes en consultar en tu centro veterinario.
RECUERDA: antes de vacunar, desparasita a tu mascota y que el veterinario le realice un examen clínico para determinar el estado de salud de tu mascota. De esta forma garantizarás la eficacia del tratamiento.
Si tienes que viajar con tu perro, gato o hurón fuera de España recuerda que deberán estar correctamente identificados mediante microchip, vacunados frente a la rabia y con la documentación sanitaria en regla cumplimentada y firmada por un veterinario colegiado.
No bajemos la guardia: nuestra salud y la de nuestros animales está en juego.
¿Cuándo vacunar?
Podemos decir que no hay un Plan de Vacunación único y común a todos los animales. Factores como la raza, su edad, tu entorno (rural o urbano), la presencia o no de otras mascotas en la familia… determinarán las vacunas que necesitarás ponerle a tu mascota.
Visita tu centro veterinario y los profesionales diseñaran el plan más ajustado e idóneo para tu mascota.
Viajar con mascotas
Identificación y vacuna de rabia
El principal requisito para viajar a países de dentro o fuera de la Unión Europea es que el animal esté debidamente identificado y vacunado de la rabia (primovacunación, mínimo 21 días antes de viajar; edad mínima del animal, 12 semanas, en caso de revacunaciones, se aplica la vacuna dentro del período de inmunidad establecido por el fabricante). Todos los datos deben constar en la cartilla / pasaporte / certificado de salud del animal.
Consultar con la embajada o consulado del país de destino
Cada país establece los requisitos que deben cumplir los animales visitantes (modelo de certificado de importación específico, certificado oficial de exportación visado por la embajada o consulado).
Pasaporte
Documento necesario para que los animales de compañía puedan viajar por la Unión Europea o acceder desde otros países. Comprobar con el veterinario que el modelo de pasaporte es el vigente.
Certificado de salud del animal
Es necesario para viajar fuera de la Unión Europea. El emite un veterinario clínico colegiado, que certifica que el animal no presenta síntomas de enfermedades infecto-contagiosas, que está vacunado de la rabia y en condiciones de viajar y cualquier otro punto exigido por el país de destino. Suele tener una validez máxima de 10 días, según el país de destino.
Certificado oficial de exportación
Deberá acompañar el certificado de salud del animal con un certificado oficial de exportación. Se trata de un documento expedido por los servicios veterinarios oficiales de las Áreas de Agricultura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Deberá expedirse según los procedimientos del país de destino.
Más información en la página del Ministerio de Agricultura, alimentación y Medioambiente.
Regreso
En caso de viajar con perros, gatos y / o hurones en un país no perteneciente a la Unión Europea, hay que tener en cuenta los protocolos establecidos para la vuelta en España. Es importante que los profesionales informen con antelación de este punto para evitar molestias a propietarios y animales. Para más información se puede consultar el enlace de importación de CEXGAN o hablar con el consulado o embajada español del país de origen.
Razas peligrosas
Tener un perro potencialmente peligroso conlleva una responsabilidad.
Según el marco normativo vigente, el propietario de un animal de raza considerada potencialmente peligrosa debe disponer de una licencia administrativa que autoriza su tenencia y conducción, emitida por el ayuntamiento del municipio donde está censado el animal, con una validez de 5 años.
Se consideran perros potencialmente peligrosos los animales de las siguientes razas: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu, o cualquier cruce de estas razas.
Asimismo, los ayuntamientos también pueden considerar potencialmente peligrosos perros de otras razas, si cumplen determinadas características, tales como:
- Haber tenido episodios de agresiones a personas u otros perros.
- Haber sido adiestrados para el ataque y la defensa.
- Presentar un perímetro torácico de entre 60 y 80 cm, altura a la cruz entre 50 y 70 cm.
- Un Peso superior a 20 Kg.
- Una cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande, mejillas musculosas y redondeadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Un cuello ancho, musculoso y corto. Un pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Unas extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando ángulo moderado.
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