Según la Dirección General de Consumo del Gobierno de Aragón:

«La garantía legal de los bienes de consumo (los animales son un bien mueble según el Código Civil) es de 2 años, y la tiene que atender el vendedor del animal sin ningún condicionante. En los animales, mascotas, perros,…., debe interpretarse el plazo de 2 años en función de las características del bien, pero en esencia es lo mismo. En los primeros 6 meses, se entenderá que el defecto, enfermedad,…. es de origen, y debe asumir la garantía legal el vendedor, a no ser que demuestre que la enfermedad o defecto ha sido posterior a la compra (aquí entran las características y peculiaridades, ya que por los periodos de incubación, etc., el vendedor podrá demostrar en ocasiones que no podía tener la enfermedad o el defecto en el momento de la compraventa, con un informe pericial veterinario). En caso de que no se pueda demostrar con un informe pericial, el vendedor tiene que reparar (curar) el animal en garantía, sin que deba asumir coste alguno el consumidor, e independientemente de que haya sido atendido o vacunado en otras clínicas (podría darse el caso que un informe pericial detectara que aparece el defecto o enfermedad por una mala praxis en otra clínica, pero volveríamos al mismo caso en el que se declina la garantía legal mediante perito). En mascotas, animales,…., la opción de sustitución la doctrina no la contempla en un principio, ya que el perro o mascota es un bien tangible; al consumidor no le satisface, como regla general, que le den otro perro, ya que ya le une el valor emocional o sentimental al cachorro; habrá casos que el consumidor, sobre todo si el defecto aparece de inmediato, no tendrá inconveniente en la sustitución. Si no se puede curar, quedará la resolución del contrato o rebaja del precio, según la legislación de garantías. El resto de garantías que se puedan ofrecer, adicionales, añadiendo un valor para el consumidor, entran dentro de la garantía comercial, voluntaria para el vendedor, y que puede condicionar a que se vacune en la clínica asociada a la tienda o a otros requisitos.»