1.- Vigilancia y control del cumplimiento de las medidas establecidas oficialmente para la prevención y lucha contra las enfermedades animales. En las zonas que fuera necesario realizarán la ejecución de las medidas establecidas oficialmente.

2.- Participación en el desarrollo de los programas y actuaciones para la protección sanitaria, fomento y mejora ganadera y en la gestión de primas y ayudas públicas al sector ganadero.

3.- Prevención y lucha frente a zoonosis transmisibles en coordinación con los Servicios Veterinarios Oficiales de Salud Pública.

4.- Inspección, vigilancia y control de los almacenes y locales de venta de productos zoosanitarios, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.

5.- Mantenimiento de los registros oficiales de explotaciones ganaderas y vigilancia y control del movimiento pecuario.

6.- Colaboración con la Administración Local para la autorización de instalaciones ganaderas.

7.- Todas aquellas funciones que en materia de su competencia pudieran serles atribuidas por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.