1.- Vigilancia y control del cumplimiento de las medidas establecidas oficialmente para la prevención y lucha contra las enfermedades animales. En las zonas que fuera necesario realizarán la ejecución de las medidas establecidas oficialmente.
2.- Participación en el desarrollo de los programas y actuaciones para la protección sanitaria, fomento y mejora ganadera y en la gestión de primas y ayudas públicas al sector ganadero.
3.- Prevención y lucha frente a zoonosis transmisibles en coordinación con los Servicios Veterinarios Oficiales de Salud Pública.
4.- Inspección, vigilancia y control de los almacenes y locales de venta de productos zoosanitarios, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
5.- Mantenimiento de los registros oficiales de explotaciones ganaderas y vigilancia y control del movimiento pecuario.
6.- Colaboración con la Administración Local para la autorización de instalaciones ganaderas.
7.- Todas aquellas funciones que en materia de su competencia pudieran serles atribuidas por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.